— Facúltase al
Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración
Financiera a otorgar avales del Tesoro nacional por las operaciones de
crédito público de acuerdo con el detalle obrante en la planilla anexa
al presente artículo, y por los montos máximos determinados en la misma
o su equivalente en otras monedas, más los montos necesarios para
afrontar el pago de intereses y demás accesorios debidamente
cuantificados.
Qué significa en la práctica
Faculta al Órgano Coordinador de la Administración Financiera a otorgar avales del Tesoro nacional por las operaciones de crédito público de la planilla anexa, por los montos máximos allí determinados.