Artículo 46Atención de deudas consolidadas (Jurisdicción 90)
Texto oficial
— Dentro del monto
autorizado para la 90 - Servicio de la Deuda Pública, se
incluye la suma de pesos treinta millones ($ 30.000.000) destinada a la
atención de las deudas referidas en los incisos b) y c) del Art. 7 — Ley de Consolidación de Deudas (Bonos de Consolidación).