Ley 27.249

Artículo 7Autorización de emisión de deuda por hasta USD 12.500 millones

Texto oficial

Dispónese, a través de la y con cargo a la presente ley, la emisión de bonos del Tesoro de la Nación y/o la contratación de otras operaciones de empréstito público por hasta un valor nominal original de dólares estadounidenses y/o su equivalente en otras monedas, que sea necesario para cumplir con los pagos requeridos bajo la presente ley y en la medida que dichos pagos no excedan el monto de doce mil quinientos millones de dólares estadounidenses (U$S 12.500.000.000) y/o su equivalente en otras monedas quedando ampliado, en consecuencia, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, aprobado por Ley 27.198 (Presupuesto 2016). La destinará el producido de las emisiones referidas en el párrafo a las cancelaciones de deuda previstas en la presente ley. En caso que el monto de emisión supere el monto de pago requerido bajo la presente ley, el excedente será a la autorización existente de deuda pública prevista en el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2016, aprobado por Ley 27.198 (Presupuesto 2016).

Qué significa en la práctica

Autoriza la emisión de bonos del Tesoro u otras operaciones de crédito público por el valor necesario para pagar lo previsto en la ley, con un tope de USD 12.500 millones (o su equivalente en otras monedas), ampliando en esa medida el Presupuesto 2016 (Ley 27.198 (Presupuesto 2016)). El producido se destina a las cancelaciones de deuda; el excedente se imputa a la autorización de deuda ya prevista en el presupuesto.

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