Ley 27.253

Artículo 14Campañas de educación financiera

Texto oficial

El Poder Ejecutivo nacional desarrollará campañas de educación financiera y difusión con el fin de promover la adopción y utilización efectiva y plena de los medios de pago comprendidos en esta ley. Invítase a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los municipios a llevar a cabo campañas con los mismos fines.

Qué significa en la práctica

El Poder Ejecutivo debe desarrollar campañas de educación financiera y difusión para promover el uso efectivo de los medios de pago comprendidos, e invita a las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios a hacer lo mismo.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de Devolución del IVA completaLeyes