Ley 27.253

Artículo 4Invitación a las provincias

Texto oficial

Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a suscribir acuerdos con la del presente régimen, para garantizar el alcance de los beneficios de esta ley a los sujetos que cobren prestaciones similares a las enunciadas en el artículo a través de organismos de dichas jurisdicciones o, en su caso, de sus municipios.

Qué significa en la práctica

Invita a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a sus municipios a suscribir acuerdos con la para extender el beneficio a quienes cobren prestaciones similares a través de organismos locales.

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