Las mujeres que durante el plazo previsto en el artículo 12 cumplieran la edad jubilatoria prevista en el Art. 37 — Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones y fueran menores de la edad prevista en el artículo 13 de la presente, podrán optar por el ingreso en el régimen de regularización de deudas previsionales previsto en la Moratoria Previsional 2014 (Ley 26.970) en las condiciones allí previstas. ( Nota Infoleg: por art. 15 del Decreto Nº 894/2016 B.O. 28/07/2016 se establece que el plazo referido en el presente párrafo vencerá el día 23 de julio de 2019. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial)
El plazo mencionado en el artículo 12 podrá ser prorrogado por igual término para los fines previstos en el presente artículo.
Para el caso de los hombres, restablécese la vigencia del Art. 6 — Ley de Jubilación Anticipada y el decreto 1454/05 por el término de un (1) año, el cual puede ser prorrogable por un (1) año más.
Qué significa en la práctica
Regula la situación de las mujeres que cumplan la edad jubilatoria durante el plazo del programa.