Ley 27.260

Artículo 71Responsable sustituto

Texto oficial

Sustitúyese, en el primer párrafo del artículo sin número incorporado a continuación del artículo 25 del Título VI de la Ley de Impuesto sobre los Bienes Personales, 23.966 (t.o. 1997), y sus modificaciones, la expresión “de cincuenta centésimos por ciento (0,50%)” por la expresión “de veinticinco centésimos por ciento (0,25%)”.

Qué significa en la práctica

Modifica el artículo sin número del Art. 25 — Ley de Bienes Personales sobre el responsable sustituto.

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