Ley 27.264

Artículo 40Bonificacion de Tasas - Distribucion del cupo

Texto oficial

Régimen de Bonificación de Tasas. Distribución del cupo. Sustitúyese el Art. 33 — Ley de Fomento MiPyME, por el siguiente: Artículo 33: La procederá a distribuir el monto total anual que se asigne al presente régimen, en forma fraccionada y en tantos actos como estime necesario y conveniente, adjudicando los cupos de créditos a las entidades financieras y no financieras que implementen herramientas de financiamiento para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y que ofrezcan las mejores condiciones a los solicitantes. La podrá asignar parte del cupo anual para su distribución a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que emitan instrumentos bajo el régimen de oferta pública en bolsas de comercio y/o mercados de valores debidamente autorizados por la Comisión Nacional de Valores.

Qué significa en la práctica

Sustituye el articulo de la Ley de Fomento MiPyME sobre la distribucion del cupo del regimen de bonificacion de tasas.

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