Ley 27.271

Artículo 6Valor de la UVI: fijación por el BCRA y actualización por costo de construcción

Texto oficial

El valor inicial en pesos de la UVI será determinado por el Banco Central de la República Argentina, utilizando como referencia la milésima parte del valor promedio del metro cuadrado construido con destino a vivienda en la República Argentina, de forma tal que 1.000 UVIs serán equivalentes a un metro cuadrado (1.000 UVIs = 1 metro cuadrado). El valor del UVI será actualizado mensualmente a través del índice del costo de la construcción para el Gran Buenos Aires que publica el INDEC para vivienda unifamiliar modelo 6. El Banco Central de la República Argentina publicará periódicamente el valor diario en pesos de la UVI. El importe de capital a percibirse por las imposiciones, a su fecha de vencimiento será el equivalente en pesos de la cantidad de UVIs depositadas, calculado según el valor de la UVI a esa fecha. Las amortizaciones de capital de todos los instrumentos denominados en UVIs se realizarán en pesos por el equivalente del valor de la cantidad de UVIs correspondientes a la fecha de hacerse efectivo el pago. Los instrumentos denominados en UVIs podrán llevar intereses a una tasa fija o variable, pagadera en períodos o al vencimiento, según sea pactada libremente entre las partes o se estipule en el prospecto de emisión de títulos valores, según corresponda. Los intereses correspondientes se computarán y se liquidarán en pesos, calculados sobre las UVIs representativas del total del capital adeudado a la fecha de realizarse el pago de los intereses.

Qué significa en la práctica

El valor inicial de la UVI en pesos lo determina el Banco Central de la República Argentina tomando como referencia la milésima parte del valor promedio del metro cuadrado construido de vivienda (1.000 UVIs = 1 metro cuadrado). El valor se actualiza mensualmente por el índice del costo de la construcción para el Gran Buenos Aires que publica el INDEC (vivienda unifamiliar modelo 6), y el BCRA publica el valor diario en pesos. Las imposiciones y amortizaciones se pagan en pesos por el equivalente de las UVIs a la fecha del pago, y los intereses (tasa fija o variable, pactada libremente) también se liquidan en pesos.

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