Acuerdo de colaboración celebrado con el fiscal.
Al celebrarse el acuerdo entre el fiscal y el arrepentido, el
mismo se presentará para su homologación ante el juez de la causa.
Qué significa en la práctica
Celebrado el acuerdo entre el fiscal y el arrepentido, debe presentarse ante el juez de la causa para su homologación. El fiscal no puede otorgar el beneficio por sí solo.