Ley 27.307

Artículo 5El juez que se opone a la transformación de su cargo

Texto oficial

En caso de que alguno de los jueces integrantes de los Tribunales Orales en lo Criminal de la Capital Federal se oponga a la transformación de su cargo, el Consejo de la Magistratura resolverá, por mayoría simple de sus miembros, su traslado a alguna de las vacantes existentes en los restantes Tribunales Orales en lo Criminal de la Capital Federal.

Qué significa en la práctica

Un juez puede no querer pasar al federal. Si se opone a la transformación de su cargo, el Consejo de la Magistratura resuelve por mayoría simple su traslado a alguna de las vacantes existentes en los restantes Tribunales Orales en lo Criminal (los que siguen siendo ordinarios).

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