La adhesión al régimen previsional especial de carácter
excepcional resulta incompatible con el desarrollo de actividades en
y con la percepción de otra prestación
jubilatoria de cualquier régimen.
Qué significa en la práctica
La adhesión a este régimen es incompatible con trabajar en y con percibir otra prestación jubilatoria de cualquier régimen: no se puede acumular con otra jubilación ni con un empleo en .