Artículo 10El Poder Ejecutivo puede asumir las facultades del jefe de Gabinete
Texto oficial
— Las facultades otorgadas por la presente ley al Jefe de
Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el Poder Ejecutivo
nacional, en su carácter de responsable político de la administración
general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del
Art. 99 — Constitución Nacional.
Qué significa en la práctica
Aclara que todas las facultades que esta ley le da al jefe de Gabinete pueden ser asumidas directamente por el Poder Ejecutivo nacional, en su carácter de responsable político de la administración general del país, según el artículo 99, inciso 10 de la Constitución Nacional. En la práctica significa que el Presidente puede ejercer por sí mismo la distribución y reestructuración del presupuesto.