Ley 27.341

Artículo 50Premio a las jurisdicciones con superávit

Texto oficial

— Las jurisdicciones que hayan alcanzado resultado financiero positivo, gozarán de la eliminación de las autorizaciones de endeudamiento previstas en el Art. 25 — Ley de Responsabilidad Fiscal, en operaciones de crédito público para el financiamiento de obras de infraestructura, con la limitación de que no revierta el signo del resultado.

Qué significa en la práctica

Las jurisdicciones que hayan alcanzado resultado financiero positivo quedan liberadas de las autorizaciones de endeudamiento del Art. 25 — Ley de Responsabilidad Fiscal para tomar crédito público destinado a obras de infraestructura, con el límite de que la operación no revierta el signo del resultado. Es un incentivo: al que ordena sus cuentas se le saca un trámite de encima.

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