Programa de Integridad. Las personas jurídicas
comprendidas en el presente régimen podrán implementar programas de
integridad consistentes en el conjunto de acciones, mecanismos y
procedimientos internos de promoción de la integridad, supervisión y
control, orientados a prevenir, detectar y corregir irregularidades y
actos ilícitos comprendidos por esta ley.
El Programa de Integridad exigido deberá guardar relación con los
riesgos propios de la actividad que la realiza, su
dimensión y económica, de conformidad a lo que establezca la
reglamentación.
Qué significa en la práctica
Define el programa de integridad: conjunto de acciones, mecanismos y controles internos para prevenir, detectar y corregir los delitos de la ley, proporcional al riesgo, dimensión y económica de la empresa.