El
Poder Ejecutivo nacional deberá crear un fondo especial destinado a la
formación y capacitación de tripulantes y oficiales de la marina
mercante, así como la adquisición de simuladores de navegación para las
escuelas nacionales de la marina mercante.
(Texto Original restituido por art. 1° del Decreto N° 628/2025 B.O. 3/9/2025. Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.)
Qué significa en la práctica
El Poder Ejecutivo nacional debe crear un fondo especial destinado a la formación y capacitación de tripulantes y oficiales de la marina mercante y a la adquisición de simuladores de navegación para las escuelas nacionales de la marina mercante. El texto original de este artículo fue restituido por el Decreto 628/2025.