Ley 27.423

Artículo 26Honorarios de la parte vencida

Texto oficial

Los honorarios del profesional de la parte vencida en el juicio, se fijarán tomando como base la escala general, conforme a las pautas establecidas en el artículo 16.

Qué significa en la práctica

El honorario del abogado de la parte que perdió el juicio se fija sobre la escala general, según las pautas de valoración del Art. 16.

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