Ley 27.423

Artículo 51Expresión en UMA y pago cancelatorio

Texto oficial

La regulación de honorarios deberá contener, bajo pena de , el monto expresado en moneda de curso legal y la cantidad de UMA que éste representa a la fecha de la resolución. El pago será definitivo y cancelatorio únicamente si se abona la cantidad de moneda de curso legal que resulte equivalente a la cantidad de UMA contenidas en la resolución regulatoria, según su valor vigente al momento del pago.

Qué significa en la práctica

La regulación debe expresar el monto en pesos y su equivalente en UMA a la fecha de la resolución. El pago cancela la deuda solo si se abona la cantidad de pesos equivalente a esas UMA según su valor al momento de pagar.

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