Qué significa en la práctica
Las jurisdicciones que superen el 15% de los recursos afectados a servicios de deuda no pueden acceder a nuevo endeudamiento, salvo que se trate de una refinanciación que mejore las condiciones (monto, plazo o tasa), de financiamiento de organismos multilaterales de crédito o de programas nacionales, siempre con una programación financiera que garantice el pago de los servicios.