Artículo 61El Fideicomiso PPP como beneficiario del fideicomiso vial
Texto oficial
Incorpórase como inciso h) del artículo 14 del decreto
976 del 31 de julio de 2001 y ratificado por la Impuesto al gasoil (ITC gasoil), lo
siguiente:
h) El PPP y/o los Fideicomisos Individuales PPP, creados
por el artículo 60 de la Ley de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2018, y los contratistas bajo
la Ley de Participación Público-Privada (PPP) para obras de infraestructura de transporte vial y
ferroviaria en todo el territorio nacional.
Qué significa en la práctica
Agrega el inciso h) al artículo 14 del Decreto 976/2001 (ratificado por la Impuesto al gasoil (ITC gasoil)): el PPP, los Fideicomisos Individuales PPP y los contratistas de la Ley de Participación Público-Privada (PPP) en obras de infraestructura vial y ferroviaria pasan a ser beneficiarios de ese , financiado con el impuesto a los combustibles.