Ley 27.431

Artículo 72Beneficios tributarios de la ley 26.360 para proyectos PPP

Texto oficial

Los proyectos realizados en el marco de la Ley de Participación Público-Privada (PPP) podrán acceder al tratamiento tributario previsto en la Ley de promoción de inversiones en bienes de capital. Los Ministerios competentes, en ejercicio de las atribuciones conferidas a cada uno y en el ámbito de sus respectivas competencias, emitirán los actos administrativos y/o impulsarán las acciones necesarias a tal efecto. Los beneficios contemplados en esa ley no serán excluyentes entre sí.

Qué significa en la práctica

Permite que los proyectos de la Ley de Participación Público-Privada (PPP) accedan al tratamiento tributario de la Ley de promoción de inversiones en bienes de capital (amortización acelerada y devolución anticipada del IVA para bienes de capital y obras de infraestructura). Los ministerios competentes deben dictar los actos e impulsar las acciones necesarias. Aclara que esos beneficios no son excluyentes entre sí.

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