Artículo 72Beneficios tributarios de la ley 26.360 para proyectos PPP
Texto oficial
Los proyectos realizados en el marco de la Ley de Participación Público-Privada (PPP)
podrán acceder al tratamiento tributario previsto en la Ley de promoción de inversiones en bienes de capital. Los
Ministerios competentes, en ejercicio de las atribuciones conferidas a
cada uno y en el ámbito de sus respectivas competencias, emitirán los
actos administrativos y/o impulsarán las acciones necesarias a tal
efecto. Los beneficios contemplados en esa ley no serán excluyentes
entre sí.
Qué significa en la práctica
Permite que los proyectos de la Ley de Participación Público-Privada (PPP) accedan al tratamiento tributario de la Ley de promoción de inversiones en bienes de capital (amortización acelerada y devolución anticipada del IVA para bienes de capital y obras de infraestructura). Los ministerios competentes deben dictar los actos e impulsar las acciones necesarias. Aclara que esos beneficios no son excluyentes entre sí.