Artículo 29Nueva denominación del Capítulo 2 (Federaciones Deportivas Nacionales)
Texto oficial
Modifícase la denominación del capítulo 2 del título IV de la Ley Antidopaje y su modificatoria, por el siguiente:
Capítulo 2
Federaciones Deportivas Nacionales
Qué significa en la práctica
Cambia la denominación del Capítulo 2 del Título IV de la Ley Antidopaje, que pasa a llamarse 'Federaciones Deportivas Nacionales'. Es una modificación de encabezado, sin contenido normativo autónomo.