Ley 27.435

Artículo 6Gastos a cargo del Estado nacional

Texto oficial

Las erogaciones que demande el cumplimiento del artículo 5° de la presente ley quedarán a cargo del Estado nacional, imputándose las mismas al Presupuesto General de la Administración Nacional - Administración de .

Qué significa en la práctica

Las erogaciones que demande la mensura y demarcación del art. 5° quedan a cargo del Estado nacional, imputándose al Presupuesto General de la Administración Nacional, en la partida de la Administración de .

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