Artículo 9Inscripción de los aspirantes a conjueces
Texto oficial
Los aspirantes que deseen integrar las listas de conjueces
deberán inscribirse ante la Comisión de Selección de Magistrados y
Escuela Judicial del Consejo de la Magistratura, la que establecerá la
oportunidad y el procedimiento correspondiente.
Qué significa en la práctica
Quien quiera integrar las listas de conjueces debe inscribirse ante la Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial del Consejo de la Magistratura, que es la que fija cuándo y cómo se hace esa inscripción.