Ley 27.440

Artículo 164Reforma del art. 37 de la Ley 20.643

Texto oficial

Sustitúyese el Art. 37 — Ley de la Caja de Valores y sus modificaciones, el que quedará redactado de la siguiente forma: Artículo 37: Los valores negociables nominativos serán endosables al solo efecto del depósito y retiro de los mismos por parte del Agente Depositario Central de Valores.

Qué significa en la práctica

Sustituye el Art. 37 de la Ley de Nominatividad de Títulos.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de Financiamiento Productivo completaLeyes