Artículo 4Sustitúyese el punto 4 del artículo 19 de la ley 27.349
Texto oficial
Sustitúyese el punto 4 del Art. 19 — Ley de Emprendedores (SAS), por el siguiente:
4. El comité directivo designará un consejo asesor ad hoc para cada
programa del Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Capital Emprendedor
que implique transferencia de fondos. El consejo asesor ad hoc estará
integrado por expertos nacionales e internacionales referentes del
sector, en las formas y condiciones que establezca la reglamentación.
Qué significa en la práctica
Sustitúyese el punto 4 del Art. 19 — Ley de Emprendedores (SAS), por el siguiente. En detalle: 4. El comité directivo designará un consejo asesor ad hoc para cada programa del Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Capital Emprendedor que implique transferencia de fondos.
Efectos prácticos
•Sustitúyese el punto 4 del artículo 19 de la ley 27.349, por el siguiente: