Artículo 89Sustitúyese el artículo 72 de la ley 24.481 (t.o. 1996) y sus modificatorias
Texto oficial
Sustitúyese el Art. 72 — Ley de Patentes (t.o. 1996) y sus modificatorias, por el siguiente:
Artículo 72: Procederá el recurso de administrativo contra la
disposición que deniegue una solicitud de patente o de modelo de
utilidad, el que deberá interponerse ante el presidente del Instituto
Nacional de la Propiedad Industrial en el plazo perentorio de treinta
(30) días hábiles contados a partir de la fecha de de la
disposición respectiva. Al recurso se le acompañará documentación que
acredite su procedencia.
Qué significa en la práctica
Sustitúyese el Art. 72 — Ley de Patentes (t.o. 1996) y sus modificatorias, por el siguiente. En detalle: Art. 72: Procederá el recurso de administrativo contra la disposición que deniegue una solicitud de patente o de modelo de utilidad, el que deberá interponerse ante el presidente del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial en el plazo perentorio de treinta (30) días hábiles conta…
Efectos prácticos
•Sustitúyese el artículo 72 de la ley 24.481 (t.o. 1996) y sus modificatorias, por el siguiente: