Ley 27.446

Artículo 3Sistema de auditoría (art. 27 Ley 25.506)

Texto oficial

Sustitúyese el Art. 27 — Ley de Firma Digital, por el siguiente: Artículo 27: Sistema de auditoría. La diseñará un sistema de auditoría para evaluar la confiabilidad y calidad de los sistemas utilizados, la integridad, confidencialidad, confiabilidad y disponibilidad de los datos, así como también el cumplimiento de las especificaciones del manual de procedimientos y los planes de seguridad y de contingencia aprobados por el ente licenciante.

Qué significa en la práctica

La debe diseñar un sistema de auditoría de la firma digital que verifique la seguridad, integridad y confiabilidad de los sistemas y datos, y el cumplimiento de los manuales y planes de seguridad.

Ejemplo práctico

Auditar que un certificador cumpla su manual de procedimientos y su plan de seguridad.

Efectos prácticos

  • Ordena un sistema de auditoría de la infraestructura de firma digital.

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