Ley 27.449

Artículo 62Trato equitativo de las partes

Texto oficial

Deberá tratarse a las partes con igualdad y darse a cada una de ellas plena oportunidad de hacer valer sus derechos.

Qué significa en la práctica

El tribunal debe tratar a las partes con igualdad y dar a cada una plena oportunidad de hacer valer sus derechos. Es la garantía del arbitral.

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