Ley 27.467

Artículo 47Fondos para deudas consolidadas

Texto oficial

Dentro del monto autorizado para la 90 - Servicio de la Deuda Pública, se incluye la suma de PESOS TRESCIENTOS MILLONES ($ 300.000.000) destinada a la atención de las deudas referidas en los incisos b) y c) del Art. 7 — Ley de Consolidación de Deudas (Bonos de Consolidación).

Qué significa en la práctica

Aclara que dentro del monto autorizado para la 90 (Servicio de la Deuda Pública) están incluidos $300.000.000 destinados a atender las deudas de los incisos b) y c) del Art. 7 — Ley de Consolidación de Deudas (Bonos de Consolidación) (consolidación de deudas del Estado).

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