Ley 27.467

Artículo 67Flexibilización de la regla de gasto del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal

Texto oficial

En el marco de la Ley de Responsabilidad Fiscal del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal y sus modificaciones, se dispone que: a) Si, durante el Ejercicio Fiscal 2018, la tasa nominal de incremento del gasto público corriente primario neto de las jurisdicciones adheridas al Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal, fuere menor que la tasa de aumento promedio del Índice de Precios al (IPC) de cobertura nacional, la diferencia podrá ser considerada en la medición de la regla de gasto prevista en el Art. 10 — Ley de Responsabilidad Fiscal y sus modificaciones, permitiendo incrementar el límite de gasto público corriente primario neto del Ejercicio Fiscal 2019; y b) Para el Ejercicio Fiscal 2019, se podrá deducir en la evaluación de la regla de gasto público corriente primario neto contemplada en el artículo 10 y de la regla de gasto primario neto contemplada en el Art. 10 — Ley de Responsabilidad Fiscal y sus modificaciones, los mayores egresos en que incurran las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como consecuencia de la transferencia de responsabilidades de gastos por parte del gobierno nacional a las otras jurisdicciones. En sentido contrario, los montos involucrados en las transferencias de responsabilidades deberán ser incrementados respecto del gobierno nacional. El Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal dictará las normas complementarias para su cumplimiento.

Qué significa en la práctica

En el marco de la Ley de Responsabilidad Fiscal, dispone dos ajustes al medir el cumplimiento de las provincias adheridas: a) si en 2018 el gasto corriente primario neto creció menos que la inflación (IPC), esa diferencia puede computarse para permitir un mayor límite de gasto en 2019; y b) en 2019 se pueden deducir de las reglas de gasto de los artículos 10 y 10 bis los mayores gastos que asuman las provincias y CABA cuando la Nación les transfiere responsabilidades (y a la inversa, esos montos se le suman al gobierno nacional). El Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal dicta las normas complementarias.

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