Autorízase, de acuerdo con lo establecido por el Art. 16 — Ley de Participación Público-Privada (PPP), la contratación de obras o adquisición de bienes y
servicios cuyo plazo de ejecución exceda el ejercicio financiero 2019
de acuerdo con el detalle obrante en la Planilla anexa al presente
artículo.
Facúltase al PODER EJECUTIVO NACIONAL a ampliar el monto por proyecto
incluido en la mencionada Planilla anexa en hasta un DIEZ POR CIENTO
(10%).
Qué significa en la práctica
Autoriza, según el Art. 16 — Ley de Participación Público-Privada (PPP), la contratación de obras o adquisición de bienes y servicios bajo el régimen de participación público-privada cuyo plazo de ejecución exceda el ejercicio 2019, conforme la planilla anexa. Faculta al Poder Ejecutivo a ampliar el monto de cada proyecto hasta un 10%.