Ley 27.467

Artículo 66Contrataciones público-privadas plurianuales

Texto oficial

Autorízase, de acuerdo con lo establecido por el Art. 16 — Ley de Participación Público-Privada (PPP), la contratación de obras o adquisición de bienes y servicios cuyo plazo de ejecución exceda el ejercicio financiero 2019 de acuerdo con el detalle obrante en la Planilla anexa al presente artículo. Facúltase al PODER EJECUTIVO NACIONAL a ampliar el monto por proyecto incluido en la mencionada Planilla anexa en hasta un DIEZ POR CIENTO (10%).

Qué significa en la práctica

Autoriza, según el Art. 16 — Ley de Participación Público-Privada (PPP), la contratación de obras o adquisición de bienes y servicios bajo el régimen de participación público-privada cuyo plazo de ejecución exceda el ejercicio 2019, conforme la planilla anexa. Faculta al Poder Ejecutivo a ampliar el monto de cada proyecto hasta un 10%.

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