Ley 27.470

Artículo 3Exclusión de pleno derecho

Texto oficial

Los contribuyentes quedan excluidos de pleno derecho del régimen establecido en la presente ley cuando hayan dejado de cumplir con alguna de las condiciones previstas en el artículo 1°. Tratándose de los requisitos dispuestos en el último párrafo del inciso a) y en el inciso b) de ese artículo, deberán considerarse, a estos efectos, la suma de los ingresos obtenidos en los últimos doce (12) meses inmediatos anteriores a la obtención de cada nuevo ingreso.

Qué significa en la práctica

Los contribuyentes quedan excluidos de pleno derecho del régimen cuando dejen de cumplir alguna de las condiciones del artículo 1°. Para los requisitos de ingresos, se considera la suma de los obtenidos en los últimos doce meses anteriores a cada nuevo ingreso.

Normas relacionadas

← Ver en Ley 27.470 completaLeyes