Prorrateo del pasivo. El pasivo se deducirá del activo del siguiente modo:
a) Si el activo estuviese únicamente integrado por bienes computables a
efectos de la liquidación de la contribución, el pasivo se deducirá
íntegramente;
b) Si el activo estuviese integrado por bienes computables y no
computables, el pasivo deberá deducirse en la misma proporción que
corresponda a tales bienes.
Qué significa en la práctica
Fija cómo se deduce el pasivo del activo: si el activo solo tiene bienes computables, el pasivo se deduce íntegramente; si tiene bienes computables y no computables, el pasivo se deduce en la misma proporción que corresponda a esos bienes.