Exenciones. Estarán exentos de la contribución:
a) Los bienes situados en la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e
Islas del Atlántico Sur, en las condiciones previstas por la Ley 19.640 (Régimen Especial Fiscal y Aduanero de Tierra del Fuego);
b) Las cuotas sociales de cooperativas y mutuales alcanzadas por la presente contribución;
c) Las participaciones sociales y tenencias accionarias en el capital
de otras sociedades controladas y/o vinculadas de carácter permanente;
d) Los aportes efectuados con destino al Fondo para el Desarrollo
Económico (FONDEP) conforme lo establecido por la Presupuesto 2018, sus
modificatorias y complementarias;
e) Títulos, certificados u otros valores negociables emitidos por
fideicomisos creados en el marco del régimen de participación
público-privada establecido mediante Ley de Participación Público-Privada (PPP), sus modificatorias y
complementarias;
f) Aportes en instituciones de capital emprendedor, inscritas en el
Registro de Instituciones de Capital Emprendedor (RICE) creado por Ley de Emprendedores (SAS) y sus modificatorias;
g) Securitización de hipotecas, entendida como la emisión de títulos
valores a través de un vehículo cuyo respaldo está conformado por una
cartera de préstamos con garantía hipotecaria de características
similares;
h) Títulos, certificados u otros valores negociables emitidos por fondos de infraestructura;
i) Los saldos por depósitos en cuentas de corresponsalía en el exterior.
Qué significa en la práctica
Enumera los bienes exentos de la contribución: los situados en Tierra del Fuego (Ley 19.640 (Régimen Especial Fiscal y Aduanero de Tierra del Fuego)); las cuotas sociales de cooperativas y mutuales alcanzadas; las participaciones en otras sociedades controladas o vinculadas permanentes; los aportes al FONDEP (Presupuesto 2018); títulos de fideicomisos de participación público-privada (Ley de Participación Público-Privada (PPP)); aportes en instituciones de capital emprendedor (RICE, Ley de Emprendedores (SAS)); securitización de hipotecas; títulos de fondos de infraestructura; y los saldos en cuentas de corresponsalía en el exterior.