Artículo 15Sanciones al personal de salud que se niega o falsifica
Texto oficial
Todo miembro del equipo de salud que de manera injustificada
se negare a cumplir con las obligaciones previstas en la presente ley,
o falsificare el CUV o cualquier documento que acredite la vacunación,
será pasible de las sanciones que determine la .
Qué significa en la práctica
El integrante del equipo de salud que sin justificación se niegue a cumplir la ley, o falsifique el CUV o cualquier documento que acredite la vacunación, es pasible de las sanciones que determine la (ver artículo 29).