Ley 27.491

Artículo 22Dónde pueden aplicarse las vacunas

Texto oficial

Las vacunas sólo pueden ser aplicadas en establecimientos habilitados por la autoridad competente y en las actividades extramuros comprendidas dentro del marco de las acciones complementarias que se implementen en coordinación con las jurisdicciones.

Qué significa en la práctica

Las vacunas solo pueden aplicarse en establecimientos habilitados por la autoridad competente y en las actividades extramuros que se coordinen con las jurisdicciones.

Normas relacionadas

← Ver en Ley 27.491 completaLeyes