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Ley 27.491
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Art. 33
Ley 27.491
Artículo 33
Orden público y alcance territorial
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Texto oficial
La presente ley es de orden público y rige en todo el territorio nacional.
Qué significa en la práctica
Declara que la ley es de orden público (no puede dejarse de lado por acuerdo de partes) y que rige en todo el territorio nacional.
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