Ley 27.508

Artículo 2Definiciones del fideicomiso (DEROGADO en 2024)

Texto oficial

A los efectos de la presente ley, los siguientes términos tendrán el significado que a continuación se indica: a. Fiduciante: Es el Estado nacional, en cuanto transfiere la propiedad fiduciaria de los bienes fideicomitidos al fiduciario con destino exclusivo e irrevocable al cumplimiento de la presente ley y del de respectivo. b. Fiduciario: Es Nación Fideicomisos S.A., como administrador de los bienes que se transfieren en con el destino exclusivo e irrevocable que se establece en la presente ley, de conformidad con las pautas establecidas en el de y las instrucciones dispuestas por la Unidad Ejecutiva. c. Beneficiario: Son las víctimas del de trata y explotación de personas. d. Fideicomisario: El Estado nacional será el destinatario final de los fondos integrantes del “Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata - Ley de Trata de Personas”, en caso de su extinción o liquidación, los cuales deberán destinarse a la asistencia directa a víctimas del de trata y explotación de personas. e. Unidad Ejecutiva: La Unidad Ejecutiva es la encargada de impartir instrucciones y/o autorizar en forma previa las actividades a cargo del fiduciario y efectuar su seguimiento. En todos los supuestos las instrucciones respetarán la decisión de destino de los bienes que indique en cada caso el Consejo Federal para la Lucha Contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas, el que funciona en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros. El Poder Ejecutivo nacional instrumentará las medidas necesarias para que, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se brinde el apoyo técnico que la Unidad Ejecutiva requiera. f. Bienes Fideicomitidos: Son los fondos líquidos decomisados y aquéllos que constituyen el producido de la venta de los bienes decomisados en procesos relacionados con el de trata y explotación de personas y de lavado de activos provenientes de tales ilícitos cuya se encuentre firme o, no encontrándose firme, cuando el juez de la causa autorice la venta, de conformidad con la finalidad establecida en el Art. 27 — Ley de Trata de Personas, su modificatoria, su y sus normas complementarias.

Qué significa en la práctica

Definía las partes y elementos del : fiduciante (el Estado nacional), fiduciario (Nación Fideicomisos S.A.), beneficiarios (las víctimas de trata), fideicomisario (el Estado nacional), la Unidad Ejecutiva y los bienes fideicomitidos (fondos y producido de bienes decomisados). Este artículo fue DEROGADO por el art. 8° del Decreto 1048/2024 (B.O. 26/11/2024).

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