Ley 27.530

Artículo 12Denuncia de particulares

Texto oficial

Denuncia de particulares. Cualquier habitante de la República Argentina podrá realizar la denuncia por falta de cumplimiento de la presente ley ante la autoridad municipal o comunal del lugar del hecho, la cual deberá dar intervención inmediata a la correspondiente.

Qué significa en la práctica

Cualquier habitante puede denunciar el incumplimiento de la ley ante la autoridad municipal o comunal del lugar del hecho, que debe dar intervención inmediata a la .

Normas relacionadas

← Ver en Ley 27.530 completaLeyes