Ley 27.541

Artículo 30Impuesto a los combustibles (ley 23.966)

Texto oficial

Modifícase el Título VI de la Ley de Bienes Personales y sus modificatorias, del Impuesto sobre los Bienes Personales, con relación a la condición de los contribuyentes, con efectos para los períodos fiscales 2019 y siguientes, de la siguiente manera: El sujeto del impuesto se regirá por el criterio de residencia en los términos y condiciones establecidos en los artículos 119 y siguientes de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019, quedando sin efecto el criterio de "domicilio".

Qué significa en la práctica

Modifica el Título VI de la Ley de Bienes Personales del impuesto a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono.

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