Ley 27.552

Artículo 4Normas de provisión de medicamentos e insumos

Texto oficial

La deberá establecer normas de provisión de medicamentos e insumos, las que deben ser revisadas y actualizadas como mínimo cada dos (2) años, a fin de incluir, en la cobertura, los avances farmacológicos y tecnológicos que resulten de aplicación en la terapia de la fibrosis quística y promuevan una mejora en la calidad de vida de los pacientes.

Qué significa en la práctica

Obliga a la a dictar normas de provisión de medicamentos e insumos y a revisarlas y actualizarlas como mínimo cada dos años. El objetivo de esa actualización periódica es que la cobertura incorpore los avances farmacológicos y tecnológicos que mejoren la calidad de vida de los pacientes, sin que haya que reformar la ley cada vez que aparece una terapia nueva.

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