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Art. 14
Ley 27.553
Artículo 14
Adhesión de las provincias
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Texto oficial
Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.
Qué significa en la práctica
Invita a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires a adherir (la salud es
competencia
provincial).
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