Licencia especial. Los pacientes recuperados de COVID-19
donantes de plasma sanguíneo y que sean trabajadoras/es que se
desempeñen bajo , en el ámbito público o
privado, gozarán de una licencia especial remunerada de dos (2) días
por cada de plasma que realicen, debiendo acreditar tal
circunstancia ante el/la empleador/a mediante la presentación del
certificado expedido por el centro de salud interviniente. Esta
licencia no podrá implicar afectación salarial alguna, descuentos, ni
la pérdida del presentismo, ni cualquier otro beneficio laboral o
adicional salarial que perciba el/la trabajador/a.
Qué significa en la práctica
Otorga a los trabajadores en -pública o privada- recuperados de COVID-19 que donen plasma una licencia especial remunerada de dos días por cada , acreditándola con el certificado del centro de salud. La licencia no puede implicar afectación salarial, descuentos, pérdida del presentismo ni de otros beneficios.