Traslado. La debe en articulación
con las jurisdicciones provinciales y municipales arbitrar los medios
idóneos y necesarios, durante la emergencia sanitaria establecida por
el Decreto 260/2020 y las normas que lo extiendan, modifiquen o
reemplacen, procurando garantizar el traslado de aquellos pacientes
recuperados de COVID-19, aptos para la de plasma sanguíneo,
que no cuenten con los recursos necesarios para trasladarse cumpliendo
con todos los resguardos de seguridad e higiene adecuados.
Qué significa en la práctica
Obliga a la , articulando con provincias y municipios, a arbitrar los medios para garantizar el traslado de los pacientes recuperados aptos para donar que no cuenten con recursos, con los resguardos de seguridad e higiene, durante la emergencia sanitaria del Decreto 260/2020 y sus prórrogas.