Ley 27.561

Artículo 6Ampliación del límite para pagar deudas previsionales

Texto oficial

Amplíase en la suma de pesos seis mil millones ($ 6.000.000.000) el límite establecido en el Art. 31 — Ley 27.467 (Presupuesto 2019), de presupuesto general de la administración nacional para el ejercicio 2019, prorrogada en los términos del decreto 4 del 2 de enero de 2020, destinado al pago de deudas previsionales reconocidas en sede judicial y administrativa y aquellas deudas previsionales establecidas en los acuerdos transaccionales celebrados en el marco de la Reparación Histórica / Sinceramiento Fiscal, de acuerdo con lo estipulado en los incisos a) y b) del artículo 7° de la misma ley, como consecuencia de retroactivos originados en ajustes practicados en las prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), organismo descentralizado en el ámbito de la Secretaría de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; quedando en consecuencia determinado en la suma de pesos cincuenta y cinco mil trescientos trece millones trescientos mil ($ 55.313.300.000).

Qué significa en la práctica

Amplía en $6.000 millones el límite del Art. 31 — Ley 27.467 (Presupuesto 2019) destinado a pagar deudas previsionales reconocidas en sede judicial y administrativa y las de los acuerdos transaccionales de la Reparación Histórica / Sinceramiento Fiscal (Reparación Histórica), a cargo de la ANSES, elevando el tope a $55.313.300.000.

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