Artículo 6Ampliación del límite para pagar deudas previsionales
Texto oficial
Amplíase en la suma de pesos seis mil millones ($
6.000.000.000) el límite establecido en el Art. 31 — Ley 27.467 (Presupuesto 2019), de presupuesto general de la administración nacional para el
ejercicio 2019, prorrogada en los términos del decreto 4 del 2 de enero
de 2020, destinado al pago de deudas previsionales reconocidas en sede
judicial y administrativa y aquellas deudas previsionales establecidas
en los acuerdos transaccionales celebrados en el marco de la Reparación Histórica / Sinceramiento Fiscal, de acuerdo con lo estipulado en los incisos a) y b) del
artículo 7° de la misma ley, como consecuencia de retroactivos
originados en ajustes practicados en las prestaciones del Sistema
Integrado Previsional Argentino a cargo de la Administración Nacional
de la Seguridad Social (ANSES), organismo descentralizado en el ámbito
de la Secretaría de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo, Empleo
y Seguridad Social; quedando en consecuencia determinado en la suma de
pesos cincuenta y cinco mil trescientos trece millones trescientos mil
($ 55.313.300.000).
Qué significa en la práctica
Amplía en $6.000 millones el límite del Art. 31 — Ley 27.467 (Presupuesto 2019) destinado a pagar deudas previsionales reconocidas en sede judicial y administrativa y las de los acuerdos transaccionales de la Reparación Histórica / Sinceramiento Fiscal (Reparación Histórica), a cargo de la ANSES, elevando el tope a $55.313.300.000.