Ley 27.574

Artículo 9Facultad de la ANSES-FGS para instrumentar los acuerdos

Texto oficial

Facúltase a la ANSES-FGS a suscribir toda documentación y/o instrumentos complementarios, tales como actas, actas acuerdo, contratos y convenios que resulten necesarios para materializar lo establecido en el artículo 8°.

Qué significa en la práctica

Faculta a la ANSES-FGS a suscribir toda la documentación e instrumentos complementarios (actas, actas acuerdo, contratos y convenios) necesarios para materializar la renegociación dispuesta en el artículo 8.

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