Ley 27.591

Artículo 124Fondos para pequeños y medianos productores agroalimentarios

Texto oficial

Establézcase que los PESOS SETECIENTOS MILLONES ($700.000.000) asignados presupuestariamente a la SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO Y SUSTENTABLE PARA PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES AGROALIMENTARIOS dependiente del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA requerirán ser justificados a través de la implementación de programas avalados por dicho ministerio.

Qué significa en la práctica

Establece que los $ 700.000.000 asignados presupuestariamente a la Subsecretaría de Fortalecimiento Productivo y Sustentable para Pequeños y Medianos Productores Agroalimentarios del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca deben justificarse mediante la implementación de programas avalados por ese ministerio. Es una condición de rendición: la partida existe pero su uso queda atado a programas formales.

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