Ley 27.591

Artículo 127Fondo Nacional de la Defensa (FONDEF)

Texto oficial

Autorízase al Jefe de Gabinete de Ministros a efectuar las gestiones presupuestarias necesarias en el ejercicio presupuestario 2021 a fin de garantizar el cumplimiento de la Ley del FONDEF (Ley 27.565), por la que se sancionó la creación del Fondo Nacional de la Defensa (FONDEF) para financiar el proceso de reequipamiento de las Fuerzas Armadas. Se computarán a cuenta del FONDEF del año 2021 los refuerzos presupuestarios que se hayan otorgado para gastos de equipamiento e inversión para la defensa nacional, en el cuarto trimestre del Ejercicio 2020.

Qué significa en la práctica

Autoriza al Jefe de Gabinete a hacer las gestiones presupuestarias necesarias en el ejercicio 2021 para garantizar el cumplimiento de la Ley del FONDEF (Ley 27.565), que creó el Fondo Nacional de la Defensa (FONDEF) para financiar el reequipamiento de las Fuerzas Armadas. Agrega una regla de imputación: se computan a cuenta del FONDEF de 2021 los refuerzos presupuestarios otorgados para equipamiento e inversión en defensa durante el cuarto trimestre de 2020.

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