Autorízase al órgano responsable de la coordinación de
los sistemas de administración financiera a emitir Letras del Tesoro
hasta alcanzar un importe en circulación de valor nominal de PESOS UN
BILLÓN QUINIENTOS MIL MILLONES (V.N. $ 1.500.000.000.000) o su
equivalente en otras monedas, para dar cumplimiento a las operaciones
previstas en el programa financiero. Estas letras deberán ser
reembolsadas en el mismo ejercicio financiero en que se emiten.
(Nota Infoleg: por art. 10 del Decreto N° 88/2022 B.O. 22/2/2022 se
amplía en la suma de PESOS VALOR NOMINAL SETECIENTOS
OCHENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS MILLONES ($VN 789.600.000.000) la
autorización para emitir Letras del Tesoro reembolsables durante el
Ejercicio 2022, prevista en el presente artículo. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)
(Nota Infoleg: por art. 3º del Decreto
Nº 489/2021 B.O. 5/8/2021 se
amplía en la suma de PESOS VALOR NOMINAL SESENTA MIL
CUATROCIENTOS MILLONES ($VN 60.400.000.000) la autorización para emitir
Letras del Tesoro reembolsables durante el ejercicio 2021, prevista en
el presente artículo.)
Qué significa en la práctica
Autoriza a emitir Letras del Tesoro hasta un stock en circulación de valor nominal $ 1.500.000.000.000 (o su equivalente en otras monedas) para el programa financiero. Estas letras deben reembolsarse dentro del mismo ejercicio en que se emiten: son deuda de corto plazo para cubrir baches de caja. El texto oficial deja constancia de dos ampliaciones posteriores: VN $ 60.400.000.000 por el Decreto 489/2021 para 2021, y VN $ 789.600.000.000 por el Decreto 88/2022 para 2022.